miércoles, 28 de diciembre de 2016

Ensayo sobre Aspectos Legales

Ensayo sobre Aspectos Legales.
Aspectos Legales y Normativos de las Redes Sociales.

Las llamadas redes sociales online consisten en servicios prestados a través de Internet que permiten a los usuarios generar un perfil público, en el que plasmar datos personales e información de uno mismo, disponiendo de herramientas que permiten interactuar con el resto de usuarios afines o no al perfil publicado.
El modelo de crecimiento de estas plataformas se basa fundamentalmente en un proceso viral, en el que un número inicial de participantes, mediante el envío de invitaciones a través de correos a sus conocidos, ofrece la posibilidad de unirse al sitio web.
     I.        Clasificación y Tipos de Redes Sociales.
Fundamentalmente se dividen en dos grandes tipos:
a) Analógicas o Redes sociales Off-Line: son aquellas en las que las relaciones sociales, con independencia de su origen, se desarrollan sin mediación de sistemas electrónicos.
b) Digitales o Redes sociales On-Line: son aquellas que tienen su origen y se desarrollan a través de medios electrónicos.
Dentro de estas últimas, se pueden clasificar:
● Por su público objetivo y temático
 ■ Redes sociales Horizontales:
 ■ Redes sociales Verticales:
  ► Redes sociales Verticales Profesionales:
  ► Redes sociales Verticales De Ocio:
● Por el sujeto principal de la relación:
 ■ Redes sociales Humanas:
 ■ Redes sociales de Contenidos:
 ■ Redes sociales de Inertes:
● Por su localización geográfica
 ■ Redes sociales Sedentarias:
 ■ Redes sociales Nómadas:
● Por su plataforma
 ■ Red Social MMORPG y Metaversos:
 ■ Red Social Web:
Naturaleza Jurídica de los Servicios de Redes Sociales.
 El Contrato por adhesión online.
    II.        La Problemática Jurídica de las Redes Sociales.
En este orden, nos encontramos antes diferentes problemáticas jurídicas que afectan a las redes sociales:
  • Protección de los derechos al honor, a la propia imagen, intimidad y privacidad de los usuarios.
Protección de Datos de Carácter Personal.
  • Protección de los consumidores.
  • Protección de la propiedad intelectual e industrial.
  • Protección de menores e incapaces.
  • Protección de los trabajadores.
Aspectos relativos a la seguridad de la información
Protección de Derechos.
Características:
Al Honor.
Injurias.
Calumnias.
Propiedad de imagen.
Único
Irrepetible.
Intimidad.
Dignidad
Autonomía
Privacidad de Usuarios.
Publicas
Privadas








  III.        Delitos Informáticos en las redes sociales.
La legislación argentina cuenta con una Ley específica sobre Delitos Informáticos, Ley 26.388.
En la misma, se encuentran regulados los siguientes:
• Pornografía infantil por Internet u otros medios electrónicos (art. 128 CP)
•  Violación, apoderamiento y desvío de comunicación electrónica (art. 153, párrafo 1º CP)
• Intercepción o captación de comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones (art. 153, párrafo 2º CP)
• Acceso a un sistema o dato informático (artículo 153 bis CP)
•  Publicación de una comunicación electrónica (artículo 155 CP)
• Acceso a un banco de datos personales (artículo 157 bis, párrafo 1º CP)
•  Revelación de información registrada en un banco de datos personales (artículo 157 bis, párrafo 2º CP)
•  Inserción de datos falsos en un archivo de datos personales (artículo 157 bis, párrafo 2º CP; anteriormente regulado en el artículo 117 bis, párrafo 1º, incorporado por la Ley de Hábeas Data)
• Fraude informático (artículo 173, inciso 16 CP)
•  Daño o sabotaje informático (artículo 183 y 184, inciso 5º y 6º CP).
Leandro González Frea
Abogado especialista en Derecho informático y Nuevas tecnologías.



-Yo pienso que las redes sociales no son seguras ya que son vulnerables porque son del dominio de todo mundo, aunque según marquen privacidad existen métodos en los cuales podemos ver todo tipo de páginas ya que se encuentran en la nube. Existen leyes que si se violentan pueden tener sanciones y multas. Por eso es importante leer realmente las políticas de privacidad de cada página que adquirimos y sobre todo tener mucha precaución de las cosas que publicamos en las redes. Porque realmente nosotros somos los únicos responsable.

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