Ensayo sobre Aspectos Legales.
Aspectos Legales y Normativos de las Redes Sociales.
Las llamadas redes sociales online
consisten en servicios prestados a través de Internet que permiten a los
usuarios generar un perfil público, en el que plasmar datos personales e
información de uno mismo, disponiendo de herramientas que permiten interactuar
con el resto de usuarios afines o no al perfil publicado.
El modelo de crecimiento de estas
plataformas se basa fundamentalmente en un proceso viral, en el que un número
inicial de participantes, mediante el envío de invitaciones a través de correos
a sus conocidos, ofrece la posibilidad de unirse al sitio web.
I.
Clasificación y Tipos de Redes Sociales.
Fundamentalmente se dividen en dos
grandes tipos:
a) Analógicas o Redes sociales Off-Line: son aquellas en las
que las relaciones sociales, con independencia de su origen, se desarrollan sin
mediación de sistemas electrónicos.
b) Digitales o Redes sociales On-Line: son aquellas que
tienen su origen y se desarrollan a través de medios electrónicos.
Dentro de estas últimas, se pueden
clasificar:
● Por su público objetivo y temático
■ Redes
sociales Horizontales:
■ Redes
sociales Verticales:
► Redes sociales Verticales Profesionales:
► Redes sociales Verticales De Ocio:
● Por el sujeto principal de la relación:
■ Redes
sociales Humanas:
■ Redes
sociales de Contenidos:
■ Redes
sociales de Inertes:
● Por su localización geográfica
■
Redes sociales Sedentarias:
■ Redes
sociales Nómadas:
● Por su plataforma
■ Red
Social MMORPG y Metaversos:
■ Red
Social Web:
Naturaleza Jurídica de los Servicios de
Redes Sociales.
El Contrato por adhesión online.
II.
La Problemática Jurídica de las Redes Sociales.
En este orden, nos encontramos antes
diferentes problemáticas jurídicas que afectan a las redes sociales:
- Protección de los derechos al honor, a la propia imagen, intimidad
y privacidad de los usuarios.
Protección de Datos de Carácter Personal.
- Protección de los consumidores.
- Protección de la propiedad intelectual e industrial.
- Protección de menores e incapaces.
- Protección de los trabajadores.
Aspectos relativos a la seguridad de la
información
Protección
de Derechos.
|
Características:
|
|
Al Honor.
|
Injurias.
|
Calumnias.
|
Propiedad de imagen.
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Único
|
Irrepetible.
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Intimidad.
|
Dignidad
|
Autonomía
|
Privacidad de Usuarios.
|
Publicas
|
Privadas
|
III.
Delitos Informáticos en las redes sociales.
La legislación argentina cuenta con una
Ley específica sobre Delitos Informáticos, Ley 26.388.
En la misma, se encuentran regulados
los siguientes:
• Pornografía infantil por Internet u
otros medios electrónicos (art. 128 CP)
• Violación, apoderamiento y
desvío de comunicación electrónica (art. 153, párrafo 1º CP)
• Intercepción o captación de
comunicaciones electrónicas o telecomunicaciones (art. 153, párrafo 2º CP)
• Acceso a un sistema o dato
informático (artículo 153 bis CP)
• Publicación de una comunicación
electrónica (artículo 155 CP)
• Acceso a un banco de datos personales
(artículo 157 bis, párrafo 1º CP)
• Revelación de información
registrada en un banco de datos personales (artículo 157 bis, párrafo 2º CP)
• Inserción de datos falsos en un
archivo de datos personales (artículo 157 bis, párrafo 2º CP; anteriormente
regulado en el artículo 117 bis, párrafo 1º, incorporado por la Ley de Hábeas
Data)
• Fraude informático (artículo 173,
inciso 16 CP)
• Daño o sabotaje informático
(artículo 183 y 184, inciso 5º y 6º CP).
Leandro González Frea
Abogado especialista en Derecho
informático y Nuevas tecnologías.
-Yo pienso que las redes sociales no son seguras ya que son vulnerables
porque son del dominio de todo mundo, aunque según marquen privacidad existen
métodos en los cuales podemos ver todo tipo de páginas ya que se encuentran en
la nube. Existen leyes que si se violentan pueden tener sanciones y multas. Por
eso es importante leer realmente las políticas de privacidad de cada página que
adquirimos y sobre todo tener mucha precaución de las cosas que publicamos en
las redes. Porque realmente nosotros somos los únicos responsable.
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